NUEVAS OBLIGACIONES LEGALES PROGRAMA FACTURACION (VERIFACTU) NUEVA FECHA ENTRADA EN VIGOR y FACTURA ELECTRONICA.

En el Consejo de ministros ha aprobado la prorroga de la entrada en vigor de la obligación de VERIFACTU,

  • Para empresas la nueva entrada en vigor será 1 de enero de 2027
  • Para personas físicas el 1 de julio de 2027.

Todo y esta prorroga en la entrada en vigor, recomendamos no interrumpir las actuaciones que seguro ya tenían previstas para su implantación para el 1 de enero de 2026 en caso de empresas y 1 de julio en personas físicas para no dejara para ultima hora la adaptación de sus programas de facturación.

Les RECORDAMOS, las dos nuevas normativas de vital importancia y que afecta directamente a su negocio y su PRORROGA EN LA ENTRADA EN VIGOR

 

1-LEY ANTIFRAUDE (NUEVAS OBLIG. LEGALES PROG. FACTURACIÓN)-ENTRADA EN VIGOR 01 ENERO 2027 PARA EMPRESAS, 01 de JULIO de 2027 PARA EL RESTO

Afectación:

  • TODAS las sociedades y autónomos personas físicas
  • TODAS las facturas emitidas (incluida la emisión de tiquets o fras. simplificada mediante “caja registradora” o similar)

Contenido:

  • Su programa de facturación deberá cumplir una serie de requisitos técnicos:

-No se podrá emitir una factura en una fecha que no sea en la que se realiza la factura.

-No se podrá eliminar una factura y volverla a hacer, el proceso será vía factura rectificativa.

  • Tendrá que indicar a su proveedor de programa de facturación entre estas dos opciones:
    • Cumplir los nuevos requisitos y acogerse a la modalidad verifactu (se envían automáticamente los datos a la AEAT, importes, fechas, datos clientes)
    • Cumplir los nuevos requisitos y NO acogerse a la modalidad verifactu (por tanto no enviar automáticamente datos de las facturas a AEAT)

INCONVENIENTES DE LA OPCION 2

  • Hay que tener un sistema garantizado de almacenamiento de datos ya que podrán ser requeridos por la aeat. (la responsabilidad conservación ficheros recae sobre contribuyente). La pérdida de las copias de seguridad, sea cual sea la causa, serán duramente sancionadas
  • Mayor propensión a control de la AEAT para comprobar cumplimiento de normativa.

 

Procedimiento a seguir:

  • Si usted ya dispone de un programa de facturación o punto de venta es imprescindible que CONTACTE CON SU PROVEEDOR DE PROGRAMA DE FACTURACIÓN O PUNTO DE VENTA (tiquets) PARA COMPROBAR TIENEN PREVISTO CUMPLIR CON LA NORMATIVA, agradeceríamos una vez realizada la consulta nos comunicaran el sistema de facturación que tienen y si han corroborado estarán preparados para la implementación de la nueva normativa y poder llevar así un control.
  • El no disponer de un programa homologado supone una sanción de 50.000,00 euros por terminal y año.
  • Si NO se dispone de programa de facturación (actualmente confecciona facturas en Excel o Word):
    • Esta normativa no les afecta, insistimos en que si tiene un sistema de emisión de tiquets SI está obligado.
    • Si utiliza un programa de facturación que genera las facturas en Word SI le afecta esta normativa.

Sanciones:

  • De hasta 50.000,00 euros por cada ejercicio al propio obligado tributario.

 

2-LEY CREA Y CRECE (FACTURA ELECTRONICA)- ENTRADA EN VIGOR PREVISTA PARA 2028.

Afectación:

  • TODAS las sociedades y autónomos personas físicas que facturen a otras empresas o autónomos.
  • TODAS las facturas emitidas a empresas o autónomos.

Contenido:

  • Deberá emitir factura eléctronica.

 

Procedimiento:

  • Aconsejamos que si factura a empresas o autónomos considere la opción de empezar a usar un software de facturación, ofrecemos la opción de facturar mediante nuestra plataforma de intranet Bilky ya que facilitan un sistema de facturación ágil y sencillo para cubrir estas nuevas obligaciones por un precio muy competitivo.

 

 

 

 

 

05/12/2025