El Decreto 121/2013, de 26 de febrero, regula las hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia en las relaciones de consumo.
El objeto de este Decreto es la regulación de las hojas de queja, reclamación y denuncia en las relaciones de consumo en el ámbito territorial de Cataluña, así como los aspectos procedimentales relativos a su tramitación.
Todas las personas físicas y jurídicas que en Cataluña comercialicen bienes o presten servicios directamente o como intermediarios a las personas consumidoras deben disponer de hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia, que se adjuntan.
Todos los establecimientos que comercialicen bienes o presten servicios directamente o como intermediarios a las personas consumidoras en Cataluña incluidos dentro del ámbito de aplicación de este Decreto deben exhibir al público, de forma permanente y en un lugar bien visible, un cartel donde se anuncie la disponibilidad de las hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia. En este cartel también se debe indicar un número de teléfono de atención ciudadana para realizar consultas de consumo y, si el establecimiento dispone de este, también debe constar su número de teléfono o dirección de correo electrónico de atención a las personas consumidoras.
En las mencionada hojas de reclamación se especifica el procedimiento a seguir en el caso de su utilización.